La sanción, notificada el 2 de junio, no se comunicó en la Asamblea del día 8, en la que se rechazó una alegación de NA+ sobre el asunto

  • La sanción, notificada el 2 de junio, no se comunicó en la Asamblea del día 8, en la que se rechazó una alegación de NA+ sobre el asunto
  • El grupo municipal solicita a la Mancomunidad que rectifique su postura, para la que tiene el plazo de un mes

El Grupo de Navarra Suma en la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (MCP) ha criticado hoy la actitud del equipo de Gobierno de la MCP al ocultar la sanción de apercibimiento por el nuevo sistema de contenedores con apertura mediante tarjeta.

La resolución, de fecha 12 de marzo y notificada a la mancomunidad el 2 de junio, impone una “sanción de apercibimiento” por una infracción del artículo 14 del RGPD (reglamento general de protección de datos) tipificada en el artículo 83.5.b.

El concejal de Urbanismo de Pamplona y portavoz de Navarra Suma en la Asamblea de la Mancomunidad, Juanjo Echeverría, ha criticado que se haya ocultado esta sanción, que fuera hurtada del debate en la Asamblea General del 8 de junio, y que se haya dado a conocer en la Comisión Permanente de ayer, 13 días después de su notificación.

Además, ha recordado que el grupo de Navarra Suma solicitó en la Asamblea a través de una alegación que se definiese “con claridad el alcance de la intromisión en la privacidad, determinando cómo quedará vinculado el sujeto pasivo de la tasa de residuos al domicilio concreto, evitando la ocultación de que, efectivamente, la Mancomunidad va a conocer quién y cómo deposita la basura”. 

Echeverría alegó también que “se garantice que las denominadas circunstancias específicas que habilitan para poder abrir el contenedor más veces que el resto de los ciudadanos sean tratadas como datos especialmente protegidos y se regule en la Ordenanza su uso, con los requisitos establecidos en el Reglamento Europeo de Protección de Datos”, tal y como consta en la sanción conocida ayer.

El portavoz ha criticado que en la Comisión Permanente celebrada ayer el propio presidente trató de restarle importancia, considerándolo un asunto menor. A este respecto, ha manifestado que “no es un asunto menor. El respeto a la intimidad de los ciudadanos y el acceso y protección de sus datos personales es de vital importancia. No se puede pasar de puntillas sobre un asunto tan grave”.

Además, ha destacado que “las tarjetas se implantan para utilizar el sistema de cerraduras de los contenedores conforme al calendario asignado, no para amenazar a sus usuarios con cartas en las que se les acusa de usar mucho o poco determinado contenedor”. “Estas tarjetas no deberían contener datos personales, ya que no son necesarios para su uso”, ha asegurado.

Echeverría ha denunciado el “triunfalismo” de los grupos que sostienen al presidente, “cuando los informes propios de la MCP que han valorado positivamente la experiencia en Azpilagaña, sin embargo, la han considerado un fracaso en Nuevo Artica, zona en la que la acumulación de bolsas en el entorno de los contenedores ha acentuado la proliferación de ratas, y ha sido objeto de numerosas críticas por parte de los vecinos”.

“La Mancomunidad tiene un mes para rectificar. Esperemos que esa rectificación sea efectiva y se eliminen los datos personales de las tarjetas. Estaremos vigilantes para que eso sea así”, ha mantenido.

Para Echeverría, “esta sanción se suma a la ocultación a la Asamblea y al intento de fraccionar de manera irregular la contratación de los lectores de tarjetas, decisión adoptada por el anterior presidente en el tiempo de descuento de su mandato. Además, la rectificación actual acumula toda la operación en un ‘megacontrato’ que va a superar los ocho millones de euros y ejecuta el contrato sin escalonamiento”.

“Este nuevo paso muestra una gestión improvisada y chapucera que augura un mal final, del que ya están tomando nota el resto de las mancomunidades de Navarra, que se resisten a implantar este sistema”, ha sentenciado.

La sanción, notificada el 2 de junio, no se comunicó en la Asamblea del día 8, en la que se rechazó una alegación de NA+ sobre el asunto

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